MP C/ CLAUDIO IVAN DE DIEGO MUÑOZ
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2019
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que con el mérito de los antecedentes expuestos en la audiencia, la declaración prestada por el imputado ante el Ministerio Publico sumado al tiempo que ha permanecido privado de libertad, preliminarmente es posible concluir que la calificación jurídica del hecho investigado, es diversa de aquella imputada, y en tal consideración existen otras medidas cautelares de menor intensidad suficientes para asegurar los fines del procedimiento, como aquellas que se decretaran. De lo contrario la prisión preventiva se tornaría en una forma de cumplimiento anticipado de una eventual pena. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140 y 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de doce de septiembre del año en curso, en los autos RIT 11950-2018 del Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la prisión preventiva de Claudio Iván De Diego Muñoz y, se declara, que se sustituye por las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código antes referido, esto es, arresto domiciliario total y arraigo nacional, debiendo el tribunal a quo adoptar las medidas pertinentes para cumplir lo resuelto. Acordada con el voto en contra del ministro señor Farías, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, por estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de conformidad a la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, atendida la naturaleza, gravedad del ilícito, su forma de comisión y el hecho de registrar condenas anteriores. Comuníquese. Rol Corte: 2487-2019 Penal
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140 y 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de doce de septiembre del año en curso, en los autos RIT 11950-2018 del Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la prisión preventiva de Claudio Iván De Diego Muñoz y, se declara, que se sustituye por las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código antes referido, esto es, arresto domiciliario total y arraigo nacional, debiendo el tribunal a quo adoptar las medidas pertinentes para cumplir lo resuelto. Acordada con el voto en contra del ministro señor Farías, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, por estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de conformidad a la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, atendida la naturaleza, gravedad del ilícito, su forma de comisión y el hecho de registrar condenas anteriores. Comuníquese. Rol Corte: 2487-2019 Penal
Texto Completo (Preview)
Fecha: veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve Sala: Segunda Rol Corte: 2487-2019 Ruc: 1800861409-8 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Karin Bustamante Alvial Abogado asesor: Fabiola Lizama Díaz Defensor público: Gustavo Valenzuela Rojas Hora Inicio: 10:14 Hora de Término: 10:23 N° registro de Audiencia: 1800861409-8-91 Imputado: Claudio Iván De Diego Muñoz Tipo de Re
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