KINGSTON SPA/VILENSKY COHEN RICARDO - ACUMULADAS INGRESO CORTE N° 7573-2018, 7574-2018, 9412-2018, 11746-2018 Y 70-2019- (CASACION) - (LTE) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2019
Materia
CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos: En los antecedentes ROL ingreso Corte N° 7572-2018 del Noveno Juzgado Civil de Santiago, sobre citación a confesar deuda, caratulados Kingston SPA / Vilensky, la demandada recurre de casación en la forma y apelación en contra de la sentencia definitiva de once de diciembre de dos mil dieciocho, que rechaza las excepciones de incompetencia y falta de requisitos para que el título tenga fuerza ejecutiva, y dispone seguir adelante con la ejecución, debiendo la ejecutada soportar las costas de la causa. A su vez la demandada, en el cuaderno principal apela de la sentencia interlocutoria de prueba de 19 de julio de 2018. rol corte 11746 - 2018.- Asimismo, apela la demandada, en la gestión preparatoria de las siguientes resoluciones: 1.-Contra la resolución que rechazó el incidente de corrección del procedimiento de once de junio de dos mil dieciocho, Rol Corte N°7572-2018.- 2.- Contra resolución que rechazó el incidente de incompetencia de 11 de junio del 2018 en autos rol corte 7573-2018. 3.- Contra resolución que tuvo por confeso al demandado de una obligación de hacer de fecha 15 de junio del 2018 en autos rol corte 7574 2018.- 4.- Contra sentencia interlocutoria que rechazó incidente nulidad de la actuación consistente en el llamado a confesar deuda y su respectiva certificación de diecinueve de julio de 2018, en autos rol corte 9412-2018.- Se acumularon los autos Rol Corte 7573-2018, 7574-2018, 9412-2018, y 70-2019 a estos Rol N°7572-2018 y, se trajeron en relación.
Fundamentos
Considerando: I.- En cuanto al recurso de casación Primero: Que la demandada invoca como causal, la prevista en el artículo 768 N°1 del Código de Procedimiento Civil, sosteniendo que la sentencia se ha dictado por un tribunal incompetente, cuestión que señala, se planteó desde el primer momento en la fase de gestión preparatoria, puesto que existía una cláusula compromisoria en el contrato que sometía al conocimiento de un árbitro toda duda, cuestión, o dificultad respecto del cumplimiento del contrato y sus efectos. Que tal vicio influye sustancialmente lo dispositivo del
Fallo
fallo causando un perjuicio a su parte sólo reparable con la invalidación de la sentencia, pues de no haberse incurrido en tales vicios, la sentencia recurrida había acogido la excepción de incompetencia en todas sus partes. Segundo; Que la cláusula compromisoria establecida por las partes en la escritura pública de 22 de enero de 2008, señala: “UNDECIMO: Arbitraje. toda duda, cuestión o dificultad que se suscitaré entre las partes acerca del cumplimiento, aplicación, interpretación, validez, vigencia, inteligencia del presente contrato y sus efectos, será resuelta sin forma de juicio y sin ulterior recurso, en única instancia, por un árbitro mixto, que actuará como árbitro de derecho en relación al fallo y como árbitro arbitrador en el procedimiento, cuya sentencia quedará ejecutoriada por el solo hecho de notificarse a las partes, por carta certificada, las cuales, en este acto, renuncian a los recursos que pudieran entablar contra el fallo. (...)”. Tercero; Que a este respecto, efectivamente aparece que el titulo invocado para la ejecución es el haber dado por confeso al ejecutado en la gestión preparatoria iniciada, en la cual se resolvió un asunto que no fue previsto al momento del contrato, relativo a la forma y oportunidad en que debía alzarse y cancelarse por el ejecutado, la hipoteca y prohibición constituidas en su favor respecto de inmuebles de propiedad del ejecutante, para garantizar el cumplimiento del contrato entre las partes, el cual expiraba en 10 años
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve.- Vistos: En los antecedentes ROL ingreso Corte N° 7572-2018 del Noveno Juzgado Civil de Santiago, sobre citación a confesar deuda, caratulados Kingston SPA / Vilensky, la demandada recurre de casación en la forma y apelación en contra de la sentencia definitiva de once de diciembre de dos mil dieciocho, que rechaza las excepciones de incomp
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