SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/PRODUCTORA DE EVENTOS ANGÉLICA GAETE E.I.R.L.
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2019
Materia
INDEMNIZACIÓN LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de diecisiete de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, quedando el auto de prueba como sigue: 1.- Efectividad de que la demandada de autos ha utilizado repertorios de obra musicales cuya representación ostenta la demandante.- 2.- Período en el cual se habría difundido.- 3.- Ubicación del lugar y medios utilizados para la difusión.- Hecho y circunstancias.- 4. Si dicho hecho causo daño a la demandante; en la afirmativa si el daño ocasionó perjuicios a la demandante; naturaleza y monto de los mismos.- 5. Relación causal entre el daño y los perjuicios.- 6.- Ingresos brutos totales obtenidos por venta de entradas en el evento “Saratoga”.- Comuníquese. N°Civil-11238-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de diecisiete de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, quedando el auto de prueba como sigue: 1.- Efectividad de que la demand
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