MP C/ MAYCOL JONATHAN MELY ARRIAGADA (QUERELLANTE: J.D.C.V. APODERADO: NATALIA IBARRA GALLARDO)
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2019
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
CH(a.m) En Santiago, a diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve. Primero: Que la defensa del imputado Maycol Jonathan Mely Arriagada, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Puente Alto, que lo condenó a cumplir la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio y quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, más accesorias legales en calidad de autor del delito de homicidio simple y lesiones graves, respectivamente invocando como causal -al inicio de su libelo- la del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal, para luego en el párrafo signado como II de su recurso indicar que recurre por esa misma causal principal, pero desarrollando argumentos que dicen relación con la causal del artículo 374 letra e) y artículo 342 letras c) d) y e) del Código Procesal Penal. 2° Que el artículo 378 en relación con los artículos 360 y 380, todos del Código Procesal Penal, exigen que el recurso de nulidad se interponga por escrito, dentro de plazo, se funde tanto en el hecho como en el derecho y contenga peticiones concretas que someta a la decisión de esta Corte, requisitos que le otorgan el carácter de extraordinario, evidenciándose con ello la excepcionalidad de los presupuestos que configuran cada una de las causales, imponiendo al recurrente la obligación de determinar con rigurosidad los
Fundamentos
fundamentos de aquéllas y la precisión de las peticiones concretas que se someten a la decisión de esta Corte 3° Que del examen del arbitrio procesal, se advierte que éste no contiene argumentos concordantes con las causales que se invocan, toda vez que se refiere en el párrafo inicial del recurso que se deduce solo por la causal del artículo 374 letra f) del código del ramo, para luego señalar que deduce como causal principal la misma y a continuación desarrollar argumentos que dicen relación con la del artículo 374 letra e) y artículo 342 letras c) d) y e) del Código Procesal Penal, resultando ininteligible el referido libelo, por lo que solo cabe declara su inadmisibilidad.
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se resuelve: Que se declara inadmisible el recurso de nulidad deducido por la defensa del imputado Maycol Jonathan Mely Arriagada. Rol N° 2379-2019-Penal.
Texto Completo (Preview)
CH(a.m) En Santiago, a diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve. Primero: Que la defensa del imputado Maycol Jonathan Mely Arriagada, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Puente Alto, que lo condenó a cumplir la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio y quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su g
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