SIN INFORMACION

FISCO DE CHILE (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO)/NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)

Rol

Fecha

17 de septiembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Ruth Israel López, Abogada Procuradora Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, por el demandado principal y demandante reconvencional Fisco de Chile, en autos ordinarios seguidos ante el 9º Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Constructora Leandro Sembler e Hijo S.A. con Fisco de Chile”, Rol C-23.132-2011, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 4 de julio de 2019, que denegó por improcedente el recurso de apelación deducido por su parte en contra de la resolución de 18 de junio del año en curso, en cuya virtud se rechazó la objeción a la regulación de costas personales impetrada por su parte, a objeto de obtener se declare admisible el referido recurso de apelación. Segundo: Que fundando su recurso, el recurrente sostiene que de acuerdo dispuesto en el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil la resolución que rechaza la objeción de costas es una sentencia interlocutoria, toda vez que falla un incidente, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes y por ello, de acuerdo lo establecido en el artículo 187 del mismo Código, no existiendo norma que prohíba la interposición del referido recurso de apelación en contra de dicha providencia, la resolución que rechaza la objeción de costas es apelable. Tercero: Que informando al tenor del recurso, doña Cecilia Castro Hartard, Jueza del 9º Juzgado Civil de Santiago, señala en lo pertinente que el recurso de apelación resulta improcedente de conformidad al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que la naturaleza jurídica de la resolución impugnada es un auto, en razón que lo apelado es el monto de las costas reguladas, cuestión que es privativa de esa magistratura, sin perjuicio que la resolución antedicha no altera la substanciación regular del juicio, como asimismo, tampoco ha establecido trámites no ordenados por la ley. Cuarto: Que la resolución que se pronuncia sobre una objeción a las costas r

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por la abogada Ruth Israel López, Procuradora Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, en representación del Fisco de Chile, en contra de la resolución de fecha 4 de julio de 2019, dictada en causa Rol C-23.132-2011, seguida ante el 9° Juzgado Civil de Santiago y, en consecuencia, se declara que la apelación deducida en contra de la resolución de 18 de junio del año en curso, queda concedida en el solo efecto devolutivo. Requiérase al tribunal a quo la remisión a esta Corte, mediante interconexión, de los antecedentes necesarios para conocer el recurso. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-9151-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve. Proveyendo a los folios 359516 y 359528: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Ruth Israel López, Abogada Procuradora Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, por el demandado principal y demandante reconvencional Fisco de Chile, en autos ordinarios seguidos ante el 9º Juzgado

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