PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/BARRIENTOS
Rol
Fecha
16 de septiembre de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que el domicilio en que se opuso al embargo el ejecutado es el indicado en la demanda ejecutiva según se desprende del estampado receptorial de fecha once de junio del presente año, y lo dispuesto también en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha veintidós de agosto del año en curso, y en su lugar se dispone que: resolviendo el escrito de fecha veintiuno de agosto del año en curso, del cuaderno de apremio: como se pide, se autoriza a la traba del embargo con auxilio de la fuerza pública, con facultades de allanar y desarrajar. Devuélvanse con sus agregados. Rol N°Civil-225-2019.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, dieciséis de septiembre de dos mil diecinueve. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que el domicilio en que se opuso al embargo el ejecutado es el indicado en la demanda ejecutiva según se desprende del estampado receptorial de fecha once de junio del presente año, y lo dispuesto también en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE R
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