DÍAZ/ORTIZ
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1° Que el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales establece los requisitos básicos de admisibilidad que debe contener todo recurso de queja, particularmente lo relativo a la obligación de interponerse en contra de resoluciones que no sean susceptibles de recurso alguno. 2° Que del análisis del recurso de fojas 1 se desprende que la resolución en contra de la cual se recurre de queja, atendida su naturaleza, admite recursos en su contra, razón por la cual el presente recurso no será admitido a tramitación. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 545, y 549 letra a) del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en el folio N°1, de fecha diez de septiembre de dos mil diecinueve. Archívense. N°Civil-12233-2019. En Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en el folio N°1, de fecha diez de septiembre de dos mil diecinueve. Archívense. N°Civil-12233-2019. En Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
fjr C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve. Al folio N°1: a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos: 1° Que el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales establece los requisitos básicos de admisibilidad que debe contener todo recurso de queja, particularmente lo relativo a la obligación de interponerse en contra de resoluciones que no se
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