TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE VALPARAISO

RCTE./DTE.: HERZBERG RIESENFELD JORGE JOSÉ. RCDO/DDO.: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAÍSO

Rol

Fecha

13 de septiembre de 2019

Materia

TRIBUTARIO - GENERAL DE RECLAMACIÓN

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

considerandos duodécimo, y vigésimo octavo a trigésimo noveno, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar presente. 1° Que, son hechos no discutidos: a.- Que en el mes de abril de 2012, Rentas e Inversiones Arba Limitada traspasó, mediante depósitos en sus respectivas cuentas corrientes, las sumas de $1.515.000.000, a las sociedades Inversiones Shoresh Limitada e Inversiones Rachel Limitada (fojas 128, 129 y 141), quienes reconocieron la deuda mediante escrituras de fecha 21 de octubre de 2012, protocolizadas ante notario el día 30 de mayo de 2013 (fojas 130 a 137). De esta manera, Rentas e Inversiones Arba Limitada resulta ser dueña de dos créditos, cada uno de ellos por la suma de $1.515.000.000, respecto de Inversiones Rachel Limitada e Inversiones Shoresh Limitada. b.- Que, don Jorge Herzberg Riesenfeld, accionista de Rentas e Inversiones Arba Limitada, retira, el día 2 de julio de 2013, con cargo a las utilidades a que tenía derecho, $3.030.000.000. Esto se materializa mediante la cesión por parte de la sociedad al accionista de los créditos referidos en la letra a.- que antecede (fojas 144 y siguiente y 154 a 157). Así don Jorge Herzberg Riesenfeld, pasa a ser dueño de los créditos reconocidos por Inversiones Rachel Limitada e Inversiones Shoresh Limitada. c.- Don Jorge Herzberg Riesenfeld, el día 4 de julio de 2013, aportó los créditos antes referidos, como aumento de capital, en Inversiones HK Limitada (fojas 187). 2° Que, a fojas 158 y 159, rolan copias de los libros diario y mayor de Inversiones HK Limitada donde aparece que las sociedades Inversiones Rachel Limitada e Inversiones Shoresh Limitada, el día 29 de agosto de 2013, retiraron utilidades de HK Limitada por $1.515.000.000 cada una de ellas, las que fueron compensadas con los créditos tantas veces señalados. Estos hechos se tienen por establecidos por emanar de documentos acompañados por la reclamante apreciados de conformidad a lo dispuesto en el inciso décimo cuarto del artículo 132 del Código Tributario. 3° Que, apreciados conforme a la sana crítica los certificados del Registro Civil y del jefe del Departamento de Asistencia al Contribuyente del Servicio de Impuestos Internos, que se individualizan con sus fojas, se tiene por acreditado que don Jorge Herzberg Riesenfeld, es socio y representante legal de Inversiones Rachel Limitada (fojas 299); de Inversiones Shoresh Limitada (fojas 300); de Inversiones HK Limitada (fojas 301); y de Inversiones Rachel Limitada (fojas 302). Además, en las sociedades Rentas e Inversiones Arba Limitada, Inversiones Rachel Limitada e Inversiones Shoresh Limitada, el segundo y único socio, es uno de sus hijos (fojas 312, 313 y 314); y en Inversiones HK Limitada, son socios, entre otros, doña Regina keller Weiss y las sociedades Inversiones Rachel Limitada e Inversiones Shoresh Limitada. 4° Que, de conformidad a lo expuesto en los considerandos que anteceden, y teniendo en consideración la presencia de sociedades relacionadas, el retiro de ut

Fallo

Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en los artículos 139 y 143 del Código Tributario, SE REVOCA la sentencia apelada de fecha diecisiete de enero de dos mil diecinueve, escrita a fojas 423 y siguientes, en cuanto acogió el reclamo deducido a fojas 1, por don Manuel Subiabre Cárdenas, en representación de don Jorge Herzberg Riesenfeld, en contra de la liquidación N°131, de fecha 25 de julio de 2017, de la Unidad de San Antonio de la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio de Impuestos Internos, y en su lugar SE DECLARA que el mismo queda rechazado, sin costas por haber litigado con motivo plausible. Regístrese y devuélvase. Redacción del Ministro señor Droppelmann. N°Tributario Y Aduanero-19-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos duodécimo, y vigésimo octavo a trigésimo noveno, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar presente. 1° Que, son hechos no discutidos: a.- Que en el mes de abril de 2012, Rentas e Inversiones Arba Limitada traspasó, mediante depósitos en sus res

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