15B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP. C/ CYNTHIA ISABEL OLIVO CADET.

Rol

Fecha

12 de septiembre de 2019

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia, esta Corte comparte lo decidido por el Tribunal a quo en cuanto a que existen medidas de menor intensidad que satisfacen los fines del procedimiento, sin perjuicio de ello se estima procedente intensificar las que vienen decretadas, teniendo para ello especialmente en consideración la cantidad de delitos y la naturaleza de los mismos. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diez de septiembre del año en curso, dictada en los autos RIT 1552-2019 por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Cynthia Isabel Olivo Cadet, con declaración que se decreta la cautelar del artículo 155 letra a) del Código antes señalado, en su modalidad de arresto domiciliario total y el arraigo nacional establecido en la letra d) del mismo cuerpo legal, debiendo el tribunal a quo arbitrar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto. Acordada con el voto en contra de la ministra señora Catepillan, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada y mantener la medida cautelar de prisión preventiva, teniendo para ello presente que en este estadio procesal se encuentran suficientemente acreditados los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal y que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a lo expuesto por los intervinientes en la audiencia. Devuélvase vía interconexión. N° 2412-2019 – PENAL.

Texto Completo (Preview)

Fecha: doce de septiembre de dos mil diecinueve. Sala: Cuarta. Rol Corte: 2412-2019. Ruc: 1800886175-3. Rit: 1552-2019. Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago. Integrantes: Ministros Sra. María Carolina Catepillan Lobos, Sra. Carmen Gloria Escanilla Pérez y Abogado Integrante Sr. Adelio Misseroni Raddatz. Fiscal: Magdalena Balart. Defensor: Davis Torres Pinto. N° registro de Audiencia:

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