MUÑOZ CABRERA, LUIS CON S. I. I.
Rol
Fecha
10 de septiembre de 2019
Materia
ADUANERO - GENERAL DE RECLAMACIONES
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido que el apelante Servicio de Impuestos Internos litigó en la instancia con motivo plausible, se estima no procedente su condena en costas. Y del mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 165 del Código Tributario, se revoca la sentencia en alzada sólo en cuanto impuso la condena en costas al recurrente, declarando en su lugar que el Servicio de Impuestos Internos, queda eximido de su pago por haber litigado con justo motivo y se confirma, en lo demás apelado, la sentencia de fecha seis de mayo de dos mil diecinueve, escrita a foja 43 a 51 de estos autos. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 15-2019.Tributario y Aduanero.-
Texto Completo (Preview)
Rancagua, diez de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos: Atendido que el apelante Servicio de Impuestos Internos litigó en la instancia con motivo plausible, se estima no procedente su condena en costas. Y del mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 165 del Código Tributario, se revoca la sentencia en alzada sólo en cuanto impuso la condena en costas al recur
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