SANGUESA/TERCER JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
7 de septiembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que la acción constitucional de amparo contemplada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República supone necesariamente una privación o perturbación a la libertad personal o seguridad individual de una persona. 2°.- Que, en el caso de autos, de acuerdo a los antecedentes expuestos en el recurso de fojas 2, y principalmente de sus peticiones, resulta que lo pretendido por el actor es inconducente con la naturaleza cautelar de la acción de amparo. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado a fojas 2. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministro (s) señora Robinovich, quien estuvo por declarar admisible el recurso. Archívese. N°Amparo-1922-2019.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado a fojas 2. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministro (s) señora Robinovich, quien estuvo por declarar admisible el recurso. Archívese. N°Amparo-1922-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que la acción constitucional de amparo contemplada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República supone necesariamente una privación o perturbación a la libertad personal o seguridad individual de una persona. 2°.- Que, en el caso de autos, de acuerdo a los antecedentes expuesto
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