MP C/ MARCELO ANDRES TOLOZA ALCAINO
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2019
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Se presenta en esta causa RUC 1800364334-0, RIT O-127-2019, el Defensor Penal Público don Rodrigo Chávez Moyano y deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal Oral en lo Penal de Talca el 19 de julio de 2019, que condenó al acusado Marcelo Toloza Alcaíno a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesorias legales, y accesoria especial del artículo 9 letra b) de la ley 20.066, concediéndole la pena sustitutiva de libertad vigilada, durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar. Funda su recurso en la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, en relación con los artículos 374 letra c) y 297 del mismo cuerpo legal. Solicita se declare la nulidad del juicio oral y sentencia impugnada, determinando el estado en que quedará el procedimiento y ordenando la remisión de los autos al tribunal no inhabilitado que corresponda, para la realización de un nuevo juicio oral.A la audiencia del pasado 14 de agosto comparecieron a estrados por el Ministerio Público, la señora Marcela Moreno Ríos y por la defensa don Rodrigo Chávez Moyano, quedando la causa en acuerdo. Oídos los Intervinientes y
Fundamentos
Considerando Primero: Que el recurrente interpone su recurso fundado en la causal absoluta de nulidad prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, el cual previene “el juicio y la sentencia serán siempre anulados: … e) cuando en la sentencia se hubiere omitido alguno de los requisitos previstos en el artículo 342, letras c) d) o e)”. El artículo 342 letra c) del mismo cuerpo legal dispone, que la sentencia contendrá la exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, fueran, favorables o desfavorables para el acusado y la valoración de los medios de prueba en que fundamentan sus conclusiones, en la forma dispuesta en el artículo 297 del señalado código y, esta última norma legal previene: Los tribunales apreciaran la prueba con libertad, pero no podrán contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados. En cuanto a los hechos, sostiene que el
Fallo
fallo recurrido en su considerando quinto dio por acreditados los hechos siguientes: “Que el 14 de abril de 2018, en horas de la madrugada, en circunstancias que Victoria Paz Castro Vergara y el acusado Marcelo Andrés Toloza Alcaíno, quienes son cónyuges, se encontraban en su domicilio familiar ubicado en Villa Pucará, 22 Sur, 4 1/2 poniente A N° 1123 de Talca, luego de haber estado reunidos con amigos y habiéndose quedado dormido el acusado en el living comedor del domicilio, al despertar este se dirigió donde Castro Vergara que se encontraba en el dormitorio, donde la procedió a insultar con palabras groseras, para luego y premunido de un fierro tubular provocar diversos daños quebrando un televisor, un espejo un ventilador, fracturando una muralla, para luego agredirla con dicho elemento y golpes de pies y puño en diferentes partes del cuerpo. A consecuencias de ello resultó con hematoma extenso muslo izquierdo, desgarro muscular muslo izquierdo, hematoma en antebrazo izquierdo, equimosis en región epicóndilo medial derecho, que le produjeron enfermedad o incapacidad para desarrollar sus actividades habituales por un plazo entre 16 días a 29 días”. Añade que luego de ponderar la prueba rendida, el tribunal desestimó las alegaciones de la defensa en orden a recalificar el “hecho a lesiones leves” en el mismo contexto, vulnerando el deber del juzgador de valorar, esto es, analizar fundada y razonadamente los medios de prueba incorporado en juicio, estableciendo si superan e
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Talca, nueve de septiembre de dos mil diecinueve. Visto: Se presenta en esta causa RUC 1800364334-0, RIT O-127-2019, el Defensor Penal Público don Rodrigo Chávez Moyano y deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal Oral en lo Penal de Talca el 19 de julio de 2019, que condenó al acusado Marcelo Toloza Alcaíno a la pena de 541 días de presidio menor e
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