MP C/ CAMILA FERNANDA TORRES MEDINA
Rol
Fecha
6 de septiembre de 2019
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, compartiéndose los
Fundamentos
fundamentos señalados por el Juez a quo, en cuanto se tienen por establecidos los presupuestos exigidos por las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia del ilícito, presunciones fundadas de participación, como asimismo la necesidad de cautela, en términos de resultar insuficientes otras mnedidas cautelares menos gravosas, y visto además lo dispuesto sn los artículos 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de treinta de agosto de dos mil diecinueve, por el Juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Álvaro Fernández Morales, que decretó la prisión preventiva de los imputados Camila Fernanda Torres Medina y Eduardo Salvador Sarria Porcile, por resultar su libertad peligrosa para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-394-2019
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Fecha: seis de septiembre de dos mil diecinueve Sala: Primera Rol Corte: Penal-394-2019 Ruc N°: 1900936080-0 Rit N°: O-5748-2019 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministro señor Antonio Ulloa Márquez, Fiscal Judicial señor Carlos Hermann Meneses Coloma y Abogado Integrante señor Mario Juan Maturana Claro Relatora: Anita Maluenda Hernández Fiscal: Carolina Trivelli Defensor: Javier Vill
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