JUZGADO DE LETRAS DE MARIQUINA

GONZÁLEZ/

Rol

Fecha

6 de septiembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de tres de diciembre de dos mil dieciocho agregada en el folio 11 de carpeta digital, con excepción de la expresión “mas no del tercero”, de la parte final del párrafo tercero del motivo séptimo, los párrafos segundo, tercero y cuarto del motivo octavo; el motivo noveno y la parte dispositiva, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que en esta instancia la parte solicitante acompañó los siguientes documentos en apoyo de su pretensión: a) certificado de antecedentes, libre de anotaciones penales; b) informe de su situación social y económica que constata que ella vive con su cónyuge don Pedro Humberto Garrido Aguayo, 50 años, trabajador maderero; y su hermano Valentín Segundo Gonzáles Fernández, 57 años, pensionado por invalidez y concluye que en visita comprueba que doña Miriam efectivamente tiene bajo su cuidado a Valentín González Fernández, quien estaba presente al momento de la visita; c) Cartola Hogar Registro Social de Hogares de la interesada, que consigna que bajo su cuidado esta su hermano Valentín; d) declaración jurada notarial de doña Edith del Carmen Jeldres Ortega y Johana del Carmen Arévalo Mellado en la que afirman que les consta que don Valentín Segundo González Fernández vive en el domicilio y bajo el cuidado de la solicitante desde hace dos años a la fecha, en calle Manuel Varas 467, común de San José la Mariquina. Con su escrito de apelación, acompañó, además, los siguientes instrumentos: a) copia de certificado de defunción de don Valentín González Astudillo, padre de la solicitante y su hermano respecto del cual pide se declare la interdicción, ocurrido el 18 de marzo de 2018; b) certificado de matrimonio de don Valentín González Astudillo y de doña Virginia dela Cruz Fernández Vilugrón, padres del presunto interdicto y de la solicitante, que da cuenta que fe celebrado el 27 de abril de 1927; c) Copia de epicrisis de doña Virginia de la Cruz Fernández Vilugrón, 89 y 90 añ

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 186, 187, 207, 223, 224, 226 y 227 del Código de Procedimiento Civil; cuatro y 18 bis de la ley número 18.600; artículos 1, 2, 4,5, 7 y 8 inciso tercero de la Ley N° 20.422 que establece normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad, se declara: Que SE REVOCA la sentencia en alzada de tres de diciembre de dos mil dieciocho agregada en el folio 11 de carpeta digital, dictada por don Miguel Morales Hoger, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Mariquina y, en consecuencia se decreta la interdicción definitiva de don Valentín Segundo González Fernández cédula de identidad N°9.314.567-4, y se designa como curadora general de su bienes a su hermana doña Miriam Mercedes González Fernández a quien de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 bis de la ley N° 18.600 se le releva de efectuar el discernimiento, rendir fianza, y hacer inventario. Notifíquesele para la aceptación del cargo. Regístrese y dese copia para la respectiva inscripción el Registro Civil y Conservador de Bienes Raíces, si fuere procedente. Regístrese y comuníquese. Redactada por don Carlos Gutiérrez Zavala, Ministro Titular. N°Civil-594-2019.

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Valdivia, seis de septiembre de dos mil diecinueve. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de tres de diciembre de dos mil dieciocho agregada en el folio 11 de carpeta digital, con excepción de la expresión “mas no del tercero”, de la parte final del párrafo tercero del motivo séptimo, los párrafos segundo, tercero y cuarto del motivo octavo; el motivo noveno y la parte dispositiva, que se e

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