BANCO DELESTADO DE CHILE / SOCIEDAD DE INVERSIONES Y COMERCIO SAN EUGENIO LIMITADA
Rol
Fecha
3 de septiembre de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Teniendo únicamente presente que el juez de la instancia ha excedido la facultad prevista en el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil, y visto además lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada dictada con fecha dieciocho de junio de dos mil diecinueve por el Tercer Juzgado Civil de Viña del Mar, en autos C-2921-2019 y, en su lugar, se declara que juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda ejecutiva como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-1852-2019.
Fallo
se declara que juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda ejecutiva como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-1852-2019.
Texto Completo (Preview)
Fojas: 28 Veintiocho. Cgv C.A. de Valparaíso. Valparaíso, tres de septiembre de dos mil diecinueve. Visto: Teniendo únicamente presente que el juez de la instancia ha excedido la facultad prevista en el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil, y visto además lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada dictada con fecha dieciocho de j
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