JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

INTENDENCIA DE LA ARAUCANIA C/ NN NN NN

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2019

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en audiencia, no siendo posible, en esta etapa procesal, descartar la afectación del orden y seguridad pública denunciada por la Intendencia Regional de la Araucanía, especialmente, teniendo presente que concurren los requisitos del artículo 111 del Código Procesal Penal relativos a la admisibilidad de la querella, no concurriendo hipótesis alguna de las establecidas en el artículo 114 del mismo Código que permita declararla inadmisible, y visto además, lo dispuesto en el artículo 1 y 2 letras b) y h) de la Ley N° 19.175, SE REVOCA la resolución de fecha diecinueve de agosto del año en curso y, en consecuencia, se declara admisible la querella incoada en estos autos por la Intendencia Regional, debiendo el tribunal A Quo, darle la tramitación que corresponda. Devuélvase al tribunal A Quo. Rol Penal 736-2019 (fcv)

Fallo

se declara admisible la querella incoada en estos autos por la Intendencia Regional, debiendo el tribunal A Quo, darle la tramitación que corresponda. Devuélvase al tribunal A Quo. Rol Penal 736-2019 (fcv)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, tres de septiembre de dos mil diecinueve. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en audiencia, no siendo posible, en esta etapa procesal, descartar la afectación del orden y seguridad pública denunciada por la Intendencia Regional de la Araucanía, especialmente, teniendo presente que concurren los requisitos del artículo 111 del Código Procesal Penal rel

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