3º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA/KLEINKOPF

Rol

Fecha

16 de septiembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, se impugna la resolución de diez de julio de dos mil diecinueve, en cuanto ella dispone la citación a las partes a oír sentencia, providencia que, conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 432 del Código de Procedimiento Civil, sólo es susceptible de impugnar por la vía de la reposición, razón por la cual en esta parte la apelación no puede ser admitida a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188, 213 y 432 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el trece de julio del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución de diez de julio de dos mil diecinueve, concedido el treinta de julio del mismo año. Devuélvase. N°Civil-11032-2019.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188, 213 y 432 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el trece de julio del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución de diez de julio de dos mil diecinueve, concedido el treinta de julio del mismo año. Devuélvase. N°Civil-11032-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) rcc Santiago, dieciséis de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Que, se impugna la resolución de diez de julio de dos mil diecinueve, en cuanto ella dispone la citación a las partes a oír sentencia, providencia que, conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 432 del Código de Procedimiento Civil, sólo es susceptible de impugnar

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