SIN INFORMACION

/GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A fojas 3, comparecen Paola Andrea Delgado Gutiérrez y Alejandro Mauricio Sepúlveda Castro, en favor de Ignacio Eduardo Rodríguez Herrera, interno del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quienes interponen recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Señalan que por providencia 655/2019, dictada por el Alcaide (s) del Complejo Penitenciario de Valparaíso, con fecha veintidós de agosto del año en curso, se revocó el beneficio de salida dominical concedido al interno Ignacio Eduardo Rodríguez Herrera, por resolución de once de julio del presente año. Expresan que la decisión de la autoridad penitenciaria resulta ilegal, porque procedió a revocar el beneficio por una causal no establecida en el artículo 99 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, ya que dicha norma autoriza a revocar el beneficio únicamente por incumplimiento de las obligaciones o por un cambio delas circunstancias existentes al momento de la concesión, cuestiones que no fueron invocadas en la resolución impugnada. Consideran perturbada la libertad personal del amparado y solicitan se deje sin efecto la revocación y que se mantenga el beneficio. A fojas 10, rola informe evacuado por asistente social María José Flores González, quien expresa que el amparado cumplió con los objetivos del plan de intervención al que se encontraba sometido desde el mes de agosto del año dos mil diecisiete, que goza de redes de apoyo y que ha cumplido adecuadamente las condiciones de la salida dominical que le fue concedida. A fojas 32, rola informe del Complejo Penitenciario de Valparaíso, en que se expresa el amparado cumple una condena de 541 días impuesta por el delito de receptación y otra de 7 años, 6 meses y 1 día impuesta por el delito de robo en lugar habitado, que inició el día 9 de junio de 2015, que concluye el día 2 de junio de 2024, cumpliendo el tiempo mínimo para acceder a la libertad condicional el 5 de junio del año 2021 y para acceder a beneficios intra penitenciarios el dí

Fundamentos

Considerando: Primero: Que por la vía del recurso de amparo, se solicita se deje sin efecto la providencia 05.01.00/655/2019, dictada por el Alcaide (s) del Complejo Penitenciario de Valparaíso, con fecha veintidós de agosto del año en curso, que revocó el beneficio de salida dominical concedido al interno Ignacio Eduardo Rodríguez Herrera, toda vez que se encontraría fundada en una causal de revocación no contemplada en el artículo 93 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Segundo: Que de conformidad a la copia de la resolución impugnada y al informe evacuado por la autoridad penitenciaria, que rolan a fojas 18 y 32 de estos antecedentes, el beneficio de la salida dominical fue revocado, porque que el amparado no cumplía el tiempo mínimo para acceder al mismo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, en relación al artículo 2° del Decreto Ley N° 321, sobre Libertad Condicional. Tercero: Que el artículo 99 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios indica expresamente las razones por las cuales puede revocarse un beneficio intra penitenciario, dentro de las cuales no se encuentra los motivos invocados por Gendarmería de Chile, en la providencia 05.01.00/655/2019, de veintidós de agosto del año en curso, por lo que dicha resolución resulta ilegal y perturba la libertad personal del amparado en un caso no contemplado en el ordenamiento jurídico. Cuarto: Que, por último, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo, la potestad de la Administración del Estado para dejar sin efecto sus propios actos, por motivos de ilegalidad, no corresponde a la revocatoria, sino a la invalidatoria, facultad que no ha sido ejercida expresamente en el caso de autos, de manera que no corresponde examinar el cumplimiento de sus requisitos en esta sede.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recuro de amparo de fojas 3, por doña Paola Andrea Delgado Gutiérrez y Alejandro Mauricio Sepúlveda Castro, en favor de Ignacio Eduardo Rodríguez Herrera, en contra de Gendarmería de Chile y en consecuencia se deja sin efecto la providencia 05.01.00/655/2019, dictada por el Alcaide (s) del Complejo Penitenciario de Valparaíso, el veintidós de agosto del año en curso, que revocó el beneficio de salida dominical concedido al interno Ignacio Eduardo Rodríguez Herrera, sin perjuicio del ejercicio de la potestad contemplada en el artículo 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo, por parte de la Autoridad Penitenciaria, si procediere. Comuníquese lo resuelto a la autoridad recurrida, sirviendo la presente sentencia de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-614-2019. En Valparaíso, tres de septiembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 34 Treinta y cuatro C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de septiembre de dos mil diecinueve. Visto: A fojas 3, comparecen Paola Andrea Delgado Gutiérrez y Alejandro Mauricio Sepúlveda Castro, en favor de Ignacio Eduardo Rodríguez Herrera, interno del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quienes interponen recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Señalan que por providencia 655/

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