C/ OSCAR ENRIQUE FARIAS DIAZ
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2019
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el hecho de la reformalización del imputado no puede hacer variar la competencia ya radicada del tribunal, de conformidad al artículo 109 del Código Orgánico de Tribunales, se dirime la competencia y se declara que es competente para seguir conociendo de esta causa el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, a quien deberá remitirse los antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. N°Penal-3567-2019.
Fallo
se declara que es competente para seguir conociendo de esta causa el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, a quien deberá remitirse los antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. N°Penal-3567-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Que el hecho de la reformalización del imputado no puede hacer variar la competencia ya radicada del tribunal, de conformidad al artículo 109 del Código Orgánico de Tribunales, se dirime la competencia y se declara que es competente para seguir conociendo de esta causa el Octavo Juzgado de Garantía de
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