SIN INFORMACION

ALBORNOZ SANCHEZ CLAUDIO ALEXIS / DECIMO CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

2 de septiembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Alejandra Rubio Erazo, Defensora Penal Pública, actuando en representación de Claudio Alexis Albornoz Rubio, quien interpone recurso de amparo en contra de la resolución dictada por el 14° Juzgado de Garantía de esta ciudad, de 21 de agosto del presente año, que decretó la respectiva orden de detención, Explica que con fecha 14 de julio de 2018 su representado debía comparecer a audiencia ante dicho tribunal con motivo del delito de conducción en estado de ebriedad. Audiencia que, afirma, se realizó el día 22 de agosto del mismo año, a la que no compareció por no haber sido notificado. En audiencia de 26 de septiembre del mismo año, prosigue, tampoco se presentó, disponiéndose su notificación personal o personal subsidiaria, acorde con las reglas establecidas en el Código de Procedimiento Civil. Con fecha 24 de octubre, en dicha audiencia se indicó que nadie respondía al domicilio, por lo que se ordenó nuevamente su notificación personal. En audiencia de 14 de noviembre, se ordenó disponer la notificación personal subsidiaria, al existir búsquedas positivas, notificación que no fue realizada por el centro de notificaciones de Santiago, incumpliendo de esta forma con lo ordenado por el tribunal, de lo que sostiene quedó constancia en audiencia de 5 de diciembre, donde también quedó constancia de insistir en la notificación del imputado, lo que también sucedió en audiencias de los días 9 de enero y 6 de febrero del presente año. Fue así que se llevó a cabo la audiencia que motiva el presente recurso, a la que no compareció su representado, al no haber sido notificado personalmente ni por cédula, pese a lo cual el tribunal a quo dispuso la orden de detención. En este orden de ideas, expresa que la orden dispuesta es ilegal y arbitraria, toda vez que no se sustenta en una norma legal que la establezca, sino en las reiteradas inasistencias del imputado a las diversas audiencias, acorde se ha detallado más arriba. Segundo:

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo interpuesto por la abogada Alejandra Rubio Erazo y, en consecuencia, se deja sin efecto la orden de detención respecto de Claudio Alexis Albornóz Sánchez, cédula de identidad N° 11.298.248-5, expedida en la causa Rit 5635-2018 del 14° Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1851-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Alejandra Rubio Erazo, Defensora Penal Pública, actuando en representación de Claudio Alexis Albornoz Rubio, quien interpone recurso de amparo en contra de la resolución dictada por el 14° Juzgado de Garantía de esta ciudad, de 21 de agosto del presente año, que decretó la respectiva

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