1º JUZGADO CIVIL DE VIÑA DEL MAR

GARÍN / HOSPITAL NAVAL ALMIRANTE NEF

Rol

Fecha

2 de septiembre de 2019

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y teniendo además presente: Que en cuanto a la excepción dilatoria de incompetencia absoluta del tribunal promovida en subsidio, fundada en que el tribunal no tiene la calidad de asiento de Corte, el artículo 32 letra A.- del Código Orgánico de Tribunales dispone que los tres juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Viña del Mar y competencia sobre las comunas de Viña del Mar y Concón, tendrán la categoría de juzgados de asiento de Corte para todos los efectos legales. Y visto lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de once de abril de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar, en autos Rol C-4359-2017, escrita a fojas 1 de esta carpeta judicial. Devuélvase. N°Civil-1136-2019.

Texto Completo (Preview)

Fojas: 53 Cincuenta y tres. Cgv C.A. de Valparaíso. Valparaíso, dos de septiembre de dos mil diecinueve. Visto y teniendo además presente: Que en cuanto a la excepción dilatoria de incompetencia absoluta del tribunal promovida en subsidio, fundada en que el tribunal no tiene la calidad de asiento de Corte, el artículo 32 letra A.- del Código Orgánico de Tribunales dispone que los tres juzgados

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