SOCIEDAD CARGO MEMPHIS LIMITADA/DEFONTANA CHILE S.A.
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2019
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y conforme dispone el artículo 85 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de trece de marzo de dos mil diecinueve, dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se declara que el juez a quo dará a las excepciones opuestas la tramitación que en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-8026-2019. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia e integrada por la Ministra (S) señora Blanca Rojas Arancibia y por el Abogado Integrante señor Jaime Guerrero Pavez. Santiago, dos de septiembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara que el juez a quo dará a las excepciones opuestas la tramitación que en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-8026-2019. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia e integrada por la Ministra (S) señora Blanca Rojas Arancibia y por el Abogado Integrante señor Jaime Guerrero Pavez. Santiago, dos de septiembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y conforme dispone el artículo 85 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de trece de marzo de dos mil diecinueve, dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se declara que el juez a quo dará a las excepciones opuestas la
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