3º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

BANCO SANTANDER-CHILE CON GONZÁLEZ CONCHA, IVONNE LICETTE

Rol

Fecha

30 de agosto de 2019

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°) Que la sentencia acompañada en esta instancia, no logra desvirtuar los razonamientos que fueron expuestos por la jueza del a quo, pues el hecho mismo de haberse pronunciado dicho fallo, no es una cuestión disputada, sin que se deba estar a una pretendida traslación de pruebas desde una tercera causa a la presente, pues es en ésta que se debe rendir la correspondiente a fin de acreditar la pretensión anulatoria que fue esgrimida. 2°) Que, asimismo, en cuanto a las declaraciones juradas acompañadas, aparece que, a través de un medio probatorio impropio, se intenta desnaturalizar la declaración de testigos, convirtiéndola en un documento, con el agravio que aquello genera para la contraparte, quien se ve impedida del contrainterrogatorio, por lo que aquél no es un elemento que pudiera permitir la modificación de los razonamientos de la juez de primera instancia. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de quince de mayo de dos mil diecinueve, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 782-2019 Civil.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, treinta de agosto de dos mil diecinueve. VISTOS: Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°) Que la sentencia acompañada en esta instancia, no logra desvirtuar los razonamientos que fueron expuestos por la jueza del a quo, pues el hecho mismo de haberse pronunciado dicho fallo, no es una cuestión disputada, sin que se deba estar a una pretendida traslación de pruebas desde una tercera causa a la

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