C/ GILBERTO EUGENIO SOTO FLORES. DTE. M.P.
Rol
Fecha
30 de agosto de 2019
Materia
AMENAZAS DE ATENTADOS CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES. ART. 296 A 298.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Que atendido el mérito de autos, y lo expuesto por los intervinientes en estrados, llevan a esta Corte a compartir los
Fundamentos
fundamentos de la resolución en alzada, en orden a estimar concurrentes los presupuestos de la letra a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al ilícito por el cual ha sido formalizado el imputado y atendido lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código legal citado, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del día veintidós de agosto de dos mil diecinueve, por el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de autos Gilberto Eugenio Soto Flores, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Rodrigo Matus De la Fuente. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 501-2019 Penal.- La Serena, treinta de agosto de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
La Serena, treinta de agosto de dos mil diecinueve. Siendo las 13:40 horas ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro interino señor Miguel Montenegro Rossi e integrada por el Ministro interino señor Jorge Corrales Sinsay y el abogado integrante señor Daniel Álvarez Soza, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa
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