JURIDICA CON JURIDICA
Rol
Fecha
30 de agosto de 2019
Materia
OTRAS MATERIAS SINDICALES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En estos autos Rit S-34-2018, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Jurídica con Jurídica”, por sentencia de once de febrero pasado, se rechazó íntegramente la denuncia por prácticas antisindicales y desleales, sin costas. En contra de este fallo la demandante dedujo recurso de nulidad, invocando de manera principal la causal del artículo 477 del Código del Trabajo por transgresión de las letras a) y g) del artículo 403 de esa codificación. En subsidio, esgrimió el motivo de invalidación del artículo 478 letra b) del mismo código. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que de manera principal, se acusa en el recurso la conculcación de lo preceptuado en el artículo 403 letras a) y g) del Código del Trabajo, atendido que el
Fallo
fallo la demandante dedujo recurso de nulidad, invocando de manera principal la causal del artículo 477 del Código del Trabajo por transgresión de las letras a) y g) del artículo 403 de esa codificación. En subsidio, esgrimió el motivo de invalidación del artículo 478 letra b) del mismo código. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa. CONSIDERANDO: 1°.- Que de manera principal, se acusa en el recurso la conculcación de lo preceptuado en el artículo 403 letras a) y g) del Código del Trabajo, atendido que el fallo desconoció que el litigio se encuentra centrado en un contexto de negociación colectiva, en que la garantía vulnerada es la libertad sindical, puesto que el examen lo aborda la jueza en el motivo 8° pero apuntando al poder y facultad de dirección y organización que tienen los empleadores, dentro de las cuales se encuentra la prerrogativa de decidir la renovación de los contratos a plazo. Sobre esta base, la sentencia acepta la justificación razonada y la proporcionalidad de la medida de despido de la empresa en el contexto de un procedimiento ordinario por despido injustificado y no en un juicio por prácticas antisindicales, naturaleza que forzaba a desplegar un análisis, interpretación y aplicación del derecho conforme a los principios que rigen la libertad sindical, lo que fue desatendido, tornando la decisión en vulneratoria de los mismos. Seguidamente advierte que el citado artículo
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C.A. de Santiago Santiago, treinta de agosto de dos mil diecinueve. VISTO: En estos autos Rit S-34-2018, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Jurídica con Jurídica”, por sentencia de once de febrero pasado, se rechazó íntegramente la denuncia por prácticas antisindicales y desleales, sin costas. En contra de este fallo la demandante dedujo recurso de
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