LUIS BARRIA MUÑOZ CON BANCO ESTADO DE CHILE
Rol
Fecha
29 de agosto de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Luis Fernando Barría Muñoz, Jubilado, con domicilio en Avda. Sierra Nevada 10977, casa 27, Condominio Esparta, comuna de Antofagasta, deduce recurso de protección en contra del Banco del Estado de Chile, con domicilio en calle Arturo Prat 400, comuna de Antofagasta, por vulnerar su derecho consagrado en el artículo 19 N°4 de la Constitución Política. Evacua informe la recurrida, solicitando el rechazo. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente funda su recurso en el hecho de habérsele negado un crédito de consumo por registrar morosidad en un registro interno del Banco recurrido. Expone que con fecha 08 de Julio inició trámites en la Sucursal La Portada del BancoEstado, para solicitar un crédito de consumo, presentando todos los documentos necesarios para ello a la Ejecutiva respectiva, en su calidad de cliente de dicho Banco al poseer cuenta corriente y Cuenta Vista. Indica que entregó a la Ejecutiva, junto con los demás antecedentes requeridos, el Informe Actualizado de Deudas de la Comisión para el Mercado Financiero, donde se señala que no tiene deudas vigentes, en mora o castigadas. Agrega que la Ejecutiva, al realizar la pre-evaluación de sus antecedentes y por el hecho de no tener informes financieros negativos en el sistema público legal (tanto en Dicom, como en el Boletín de Informaciones Comerciales y en la Comisión para el Mercado Financiero), le ofreció un crédito de consumo de $ 5.000.000.- (cinco millones de pesos), pagaderos en 48 cuotas, lo cual aceptó. Añade que después de haber realizado dicha oferta y al parecer por información adicional verificada en el sistema interno del Banco, se le informó que figuraba con una deuda castigada en el año 2017. Ante su cuestionamiento la funcionaria le respondió que dicho informe estaba en la Base de Datos del Banco pero que no podía afirmar quién era la entidad informante. No obstante aquello, la Ejecutiva dio curso a su solicitud de crédito. Alega que en días posteriores y al concurrir a la Sucursal a consultar por el estado de su solicitud, el Banco informó que se había rechazado su requerimiento por aquella información de deuda castigada, aun cuando, según la ley, se trata de un registro clandestino interno y que vulnera la legislación vigente. Arguye que la recurrida ha tenido un actuar arbitrario al mantener y consultar un registro de deudas castigadas ilegal para negar un crédito. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley General de Bancos; en los artículos 1, 2, 4, 6, 12 y 15 de la Ley N° 19.628 y en el capítulo 18-5 de la Recopilación actualizada de Normas de la Comisión para el Mercado Financiero, el titular de los datos tiene derecho a exigir la cancelación o bloqueo de los mismos una vez incorporados a un registro, como el estado de deudores, ello fundado en determinadas circunstancias, en la especie, las previstas en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. Indica que la conducta descrita conculca el derecho constitucional del artículo 19 numeral 4 de la Constitución Política de la República, al afectar su honra, toda vez que es evidente que la inclusión de una deuda en un registro de morosidades clandestino e ilegal, en circunstancia que la deuda no es actualmente exigible, desacredita la fama de una persona y le obstaculiza la obtención de un crédito, pese a cumplir con todos los requisitos legales para ello. Solicita que se suspenda de inmedia
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Luis Fernando Barría Muñoz en contra del Banco del Estado de Chile. Regístrese y comuníquese. Rol 2873-2019 (PROT)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veintinueve de agosto de dos mil diecinueve. VISTOS: Luis Fernando Barría Muñoz, Jubilado, con domicilio en Avda. Sierra Nevada 10977, casa 27, Condominio Esparta, comuna de Antofagasta, deduce recurso de protección en contra del Banco del Estado de Chile, con domicilio en calle Arturo Prat 400, comuna de Antofagasta, por vulnerar su derecho consagrado en el artículo 19 N°4 de la C
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