CLAUDIA PIZARRO PEÑA CONTRA JOSÉ HIDALGO ZAMORA
Rol
Fecha
28 de agosto de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que teniendo presente que del tenor del recurso deducido por doña Claudia Pizarro Peña, en su calidad de alcaldesa de la Municipalidad de La Pintana y su petitorio, se desprende que el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en la irrupción del recurrido junto a un grupo de personas en un actividad oficial del municipio antes referido y las amenazas proferidas en contra de su alcaldesa, no constituyen una transgresión de garantías constitucionales en los términos descritos en el N°2 del Auto Acordado que regula la materia, acto que además ha podido ser cautelado por otros mecanismos específicos que confiere la ley. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse los antecedentes al Ministerio Público para los fines a que haya lugar. Cúmplase por la vía más expedita. Y visto además lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Rol N° 7329-2019-Prot
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Rol N° 7329-2019-Prot
Texto Completo (Preview)
CH(a.m) En Santiago, a veintiocho de agosto de dos mil diecinueve. Resolviendo la presentación de veintiséis de agosto del año en curso: Vistos: Que teniendo presente que del tenor del recurso deducido por doña Claudia Pizarro Peña, en su calidad de alcaldesa de la Municipalidad de La Pintana y su petitorio, se desprende que el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en la irrupción del re
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