INMOBILIARIA NUEVA EL GOLF SPA/MUÑOZ
Rol
Fecha
27 de agosto de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, en la especie, el solicitante no es la parte a quien, según la presunción de la ley, pueda perjudicar la falta de imparcialidad que se supone en el juez, de conformidad a lo previsto en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil, siendo el peticionario precisamente el mandatario judicial de la sociedad Inmobiliaria Nueva El Golf SpA., faltando, en consecuencia, uno de los presupuestos procesales para la interposición de la solicitud efectuada en estos antecedentes, razón por la cual, se desecha, desde luego la solicitud efectuada en estos antecedentes. Hágase efectiva la consignación efectuada por el solicitante. Archívese N°Civil-11362-2019. (eai) Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Dobra Lusic Nadal e integrada además por el ministro señor Leopoldo Llanos Sagrista, y la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero. En Santiago, veintisiete de agosto de dos mil diecinueve, autorizo la resolución que antecede, la que se notifica por el estado diario con esta fecha.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintisiete de agosto de dos mil diecinueve. Al folio 1 y 2: a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, en la especie, el solicitante no es la parte a quien, según la presunción de la ley, pueda perjudicar la falta de imparcialidad que se supone en el juez, de conformidad a lo previsto en el artículo 125 del Código de Proc
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