CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES / ORÓSTICA
Rol
Fecha
26 de agosto de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Teniendo presente que el examen del título previsto en el artículo 441 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, no se puede extender a los aspectos que han sido analizados por el Juez Aquo en la resolución apelada, los que dicen relación con materias propias de excepciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del citado cuerpo legal, se revoca, en lo apelado, la resolución catorce de mayo de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil de Valparaíso, en autos C-1271-2019, que rola a fojas 1 de la carpeta judicial y en su lugar se declara que se deberá dar curso a la demanda ejecutiva como en derecho corresponda, por juez no inhabilitado. Notifíquese, regístrese y devuélvase con su custodia. N°Civil-1630-2019.
Fallo
se declara que se deberá dar curso a la demanda ejecutiva como en derecho corresponda, por juez no inhabilitado. Notifíquese, regístrese y devuélvase con su custodia. N°Civil-1630-2019.
Texto Completo (Preview)
Fojas: 23 Veintitrés. Cgv C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil diecinueve. Visto: Teniendo presente que el examen del título previsto en el artículo 441 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, no se puede extender a los aspectos que han sido analizados por el Juez Aquo en la resolución apelada, los que dicen relación con materias propias de excepciones y de c
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