AGUIRRE NAVARRO PABLO ANDRES / MINISTERIO PÚBLICO
Rol
Fecha
27 de agosto de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el folio 1, no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que según el artículo 21 de la Constitución Política hacen admisible una acción de su especie, teniendo presente, además, que la recurrente tiene otras vías establecidas en la legislación especialmente para la situación que motiva el recurso, por lo cual no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible la acción intentada. Archívese. N°Amparo-1847-2019. Pronunciada por la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Dobra Lusic Nadal, e integrada por el ministro señor Leopoldo Llanos Sagristá y la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible la acción intentada. Archívese. N°Amparo-1847-2019. Pronunciada por la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Dobra Lusic Nadal, e integrada por el ministro señor Leopoldo Llanos Sagristá y la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago mge Santiago, veintisiete de agosto de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el folio 1, no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que según el artículo 21 de la Constitución Política hacen admisible una acción de su especie, teniendo presente, además, que la recurrente tiene otras vías establecidas en la legisla
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