RECURRENTE: JUDITH ANGELICA GONZALEZ ARENAS; RECURRIDO: SR. JUEZ JUZGADO DE LETRAS DE RENGO
Rol
Fecha
22 de agosto de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Primero: Que con fecha 24 de julio de 2019, comparece la abogada Judith Angélica González Arenas, por la parte ejecutante en autos caratulados “Banco del Estado de Chile con Alarcón”, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Rengo, causa Rol C-1732-2018, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 23 de julio de 2019, la que no concedió el recurso de apelación deducido directamente por su parte el 22 de julio, en contra de la resolución de fecha 18 de julio que, acogiendo la reposición de la parte ejecutada, elevó las costas personales que su parte debe pagar a la suma de $150.000. Funda su recurso en que la resolución impugnada tiene la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria pues establece derechos permanentes a favor de las partes, motivo por el cual el recurso debió ser concedido. Segundo: Que la jueza recurrida del Primer Juzgado de Letras de Rengo evacuó el informe respectivo señalando que la resolución que se pronuncia sobre las costas personales reviste la naturaleza jurídica de un auto, toda vez que se pronuncia sobre un incidente no comprendido en el inciso tercero del artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, no estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, ni tampoco resuelve un trámite que deba servir de base para el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria, motivo por el cual sólo es apelable de manera subsidiaria a la reposición. Tercero: Que teniendo la resolución apelada la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria ya que resuelve un incidente formulado por la parte ejecutada correspondiente a la regulación de costas personales, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, a saber, el derecho a cobrar ese monto por concepto de costas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil resulta que es apelable, y en ese sentido el recurso debió ser concedido. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 203
Fallo
se declara que se concede, en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación deducido por la parte ejecutante, con fecha 22 de julio de 2019, en contra de la resolución dictada el 18 de julio de 2019. Comuníquese al Primer Juzgado de Letras de Rengo con el fin de que remita la causa por interconexión para conocer de la apelación respectiva. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 1037-2019- Civil-Hecho.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, veintidós de agosto de dos mil diecinueve. Vistos: Primero: Que con fecha 24 de julio de 2019, comparece la abogada Judith Angélica González Arenas, por la parte ejecutante en autos caratulados “Banco del Estado de Chile con Alarcón”, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Rengo, causa Rol C-1732-2018, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 23 de juli
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