SIN INFORMACION

SOCIEDAD DE SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES ORFALÍ LIMITADA/NÚÑEZ

Rol

Fecha

21 de agosto de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes se desprende que la resolución en contra de la cual se recurre por esta vía, no es una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, por lo que atendida su naturaleza no procede a su respecto la interposición de un recurso de queja. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 letra a) del Código Orgánico de Tribunales se declara inadmisible el interpuesto en lo principal del escrito de fecha dieciséis de agosto del año en curso, por el abogado don Esteban Maldonado Barra. Archívese. N°Civil-11018-2019. (eai) En Santiago a veintiuno de agosto de dos mil diecinueve, autorizo la resolución que antecede, la que se notifica por el estado diario con esta fecha.

Fallo

se declara inadmisible el interpuesto en lo principal del escrito de fecha dieciséis de agosto del año en curso, por el abogado don Esteban Maldonado Barra. Archívese. N°Civil-11018-2019. (eai) En Santiago a veintiuno de agosto de dos mil diecinueve, autorizo la resolución que antecede, la que se notifica por el estado diario con esta fecha.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de agosto de dos mil diecinueve. Al folio N° 1: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes se desprende que la resolución en contra de la cual se recurre por esta vía, no es una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, por lo que atendida su naturaleza no

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