1º JUZGADO DE LETRAS DE RENGO

INVERSIONES JULIAN LTDA. CON INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE RENGO

Rol

Fecha

20 de agosto de 2019

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En causa RIT I-4-2019 del Primer Juzgado de Letras de Rengo, la jueza doña Celeste Serrano Lagos, con fecha dieciocho de abril de dos mil diecinueve, dictó sentencia definitiva por reclamo en procedimiento monitorio, declarando: I.- Que, se rechaza la petición principal de la reclamación de multa interpuesta por Inversiones Julián Limitada. II.- Que, se acoge la petición subsidiaria, en cuanto se ordena rebajar en un 50% la multa impuesta por Resolución de Multa N° 1254/19/5 de 05 de febrero de 2019. III.- Que, no se condena en costas por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar. En contra de la referida sentencia, la reclamante debidamente representada, interpuso recurso de nulidad, el que funda en la causal prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, esto es cuando la sentencia otorgare más allá de lo pedido por las partes o se extendiere a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. En la audiencia del día 14 de agosto pasado, los abogados de la recurrente y de la Inspección Comunal del Trabajo de Rengo, alegaron por las pretensiones hechas valer en estos antecedentes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que en lo tocante a la causal deducida, esto es la del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, el recurrente expuso que en primer término, el

Fallo

fallo se extendió a puntos no sometidos a la decisión del tribunal, pues en la demanda se pide dejar sin efecto la multa cursada que consta en la Resolución Nº 1254/19/5, por: “No consignar por escrito en el contrato de trabajo o en documento anexo la modificación de la estipulación referida a lugar en que hayan de prestarse los servicios, toda vez que, según anexo de contrato de fecha 01/11/2014 la trabajadora deberá ejercer el cargo de encargada de tesorería en el domicilio ubicado en calle Arturo Prat N° 325 de la comuna de Rengo, en circunstancias que la trabajadora desarrolla actualmente dicho cargo y labores en el domicilio ubicado en Ruta H-60 N° 1098 de la comuna de Rengo”. Lo anterior, respecto de la trabajadora doña Edith Cerda Piña. En ese tenor, en el considerando sexto del fallo cuya nulidad se solicita, se consigna que ese es el reclamo de la multa y por ende, entiende el recurrente, que se circunscribe la petición de esta acción tan solo a si corresponde la multa cursada por no consignar por escrito en el contrato de trabajo o en documento anexo la modificación de la estipulación referida al lugar en que hayan de prestarse los servicios. Refiere que según lo consignado en el considerando octavo de la sentencia, se establece que la reclamante aportó como pruebas, el contrato de trabajo, el anexo de contrato de trabajo de fecha 01 de abril de 2013 y la solicitud de cambio de lugar de prestación de servicios, de fecha 02 de enero de 2015, presentada por la propi

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Rancagua, veinte de agosto de dos mil diecinueve. VISTOS: En causa RIT I-4-2019 del Primer Juzgado de Letras de Rengo, la jueza doña Celeste Serrano Lagos, con fecha dieciocho de abril de dos mil diecinueve, dictó sentencia definitiva por reclamo en procedimiento monitorio, declarando: I.- Que, se rechaza la petición principal de la reclamación de multa interpuesta por Inversiones Julián Limitada

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