SANNAZZARO ACOSTA ENZO - BARRERA VALENZUELA BEATRIZ
Rol
Fecha
14 de agosto de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de la parte final del
Fundamentos
considerando séptimo - que comienza con la frase “se fija prudencialmente” y culmina con “la misma no será concedida” -, la que se elimina. Y teniendo en su lugar presente: Atendido el mérito de los antecedentes y estimando esta Corte que el informe pericial incorporado legalmente al proceso, avalúa correctamente el costo de la reparación del vehículo y su desvalorización a causa del impacto provocado por la demandada, se confirma la sentencia apelada de veinte de febrero de dos mil dieciocho, escrita a fojas 74 y siguientes, con declaración que se aumenta a $ 2.749.292 la suma que la demandada deberá pagar por concepto de indemnización, con costas. Regístrese y devuélvase. N° Policia Local-1620-2018. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Carlos Gajardo Galdames, conformada por el Ministro señor Alejandro Madrid Crohare y el Abogado Integrante señor José Luis López Reitze.
Texto Completo (Preview)
Fojas: 97 Noventa y siete C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil diecinueve. A fojas 95 y 96: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de la parte final del considerando séptimo - que comienza con la frase “se fija prudencialmente” y culmina con “la misma no será concedida” -, la que se elimina. Y teniendo en su lugar presente: Atendi
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