NESTLE CHILE S.A/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SUR ORIENTE
Rol
Fecha
20 de agosto de 2019
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos autos RIT I-556-2018 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de catorce de diciembre de dos mil dieciocho, se rechazó, con costas, el reclamo de multa administrativa interpuesto por Nestlé Chile S.A. contra la Inspección Comunal del Trabajo Sur Oriente. En contra de dicha sentencia la reclamante presentó recurso de nulidad, el que fundó en dos causales subsidiarias; primeramente la del artículo 477 del Código del Trabajo en la hipótesis de infracción de garantías constitucionales, y en subsidio también la del artículo 477 del cuerpo legal citado, ahora en el extremo de infracción de ley que haya influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
Fundamentos
Considerando I.- Causal del artículo 477 del Código del Trabajo -infracción de garantías constitucionales-. Primero: Denuncia que la sentencia definitiva ha sido dictada con infracción sustancial de la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 3, inciso 4° de la Constitución Política de la República, que asegura a todos los ciudadanos que no podrán ser juzgados por comisiones especiales sino por el tribunal que señale la ley y que se hallare establecido por esta con anterioridad a la perpetración del hecho. Explica que en el presente caso, la fiscalización e imposición de la multa reclamada lo fue por un fiscalizador quien procedió a interpretar las cláusulas del contrato colectivo, cuestión que le está vedada, y que a partir de su particular interpretación procedió a aplicar las multas que se reclamaron en este procedimiento. Se ha infringido, a juicio del recurrente, la garantía conocida como “del juez natural”, y aquello ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Concluye solicitando que se acoja este recurso, y se proceda a invalidar la sentencia recurrida y que se dicte la respectiva sentencia de reemplazo. Segundo: Que, la causal que se ha invocado –infracción de garantías constitucionales- tiene por objeto cautelar que en el desarrollo del procedimiento en sede laboral y en la dictación de la sentencia definitiva, no se haya infringido alguna garantía constitucional, hipótesis que, de ser efectiva, acarrearía necesariamente la invalidación de la sentencia o del procedimiento, en su caso. Pero como puede observarse de la fundamentación y desarrollo de esta causal, lo que cuestiona realmente el recurrente es el actuar del fiscalizador de la Inspección del Trabajo, a quien atribuye una actuación que ha excedido su competencia. No cuestiona haberse infringido garantías constitucionales al dictarse la sentencia definitiva ni en el desarrollo de la audiencia única, sino que, en el fondo, pretende revivir el reproche a la actuación del fiscalizador de la inspección del trabajo, cuestión ya planteada y resuelta por el juez de primer grado y que, por lo demás, escapa al ámbito que abarca la causal que se invocó. Tercero: Como se ve, la causal que se viene analizando resulta desprovista de fundamento e inidónea para obtener la invalidación de la sentencia y será rechazada. II.- Causal del artículo 477 del Código del Trabajo -infracción de ley-. Cuarto: Reiteradamente se ha dicho por esta Corte, que la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en el extremo que interesa, persigue verificar que la ley haya sido entendida, interpretada y aplicada correctamente al caso concreto, esto es, a los hechos que se han tenido por probados, tal como se han dado por establecidos en la sentencia. Por ende, la impugnación y la subsecuente revisión por parte de este tribunal han de realizarse con estricta sujeción a tales hechos, sin agregar otros y, en particular, sin que pueda prescindirse tampoco de los que fueran deter
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Santiago, veinte de agosto de dos mil diecinueve. Vistos: En estos autos RIT I-556-2018 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de catorce de diciembre de dos mil dieciocho, se rechazó, con costas, el reclamo de multa administrativa interpuesto por Nestlé Chile S.A. contra la Inspección Comunal del Trabajo Sur Oriente. En contra de dicha sentencia la reclamante present
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