JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

MP C/ NICOLAS MARTIN SILVA FUENTEALBA

Rol

Fecha

13 de agosto de 2019

Materia

HOMICIDIO CALIFICADO. ART. 391 Nº 1.

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: Atendido al mérito de los antecedentes y lo alegado por los intervinientes en estrados, surge que el adolescente fue condenado a la sanción de régimen cerrado con programa de reinserción social, siendo esta sustituida con fecha veinte de diciembre de dos mil diecisiete, a la de régimen semi cerrado con programa de reinserción social, siendo aprobado el plan de intervención con fecha veintiuno de febrero del año dos mil dieciocho. Consta además, que se ha revisado el cumplimiento de la última sanción indicada en seis oportunidades, permitiéndose su reingreso al programa, por lo que se dan los presupuestos para dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 52 N° 6 de la Ley 20.084. Sin perjuicio de lo anterior y, en atención a la progresividad en la aplicación de las sanciones y aplicación de última ratio de la privación de libertad, principios mandatados por la Convención de los Derechos del Niño y la propia Ley 20.084, y al tratarse de la primera ocasión en la cual se aplica la intensificación dispuesta en el N° 6 del artículo 52 ya citado, se reducirá el tiempo por el cual se dispuso la misma, como se dirá en la resolutiva. Y visto además lo dispuesto en los artículos 47 y 52 de la Ley 20.084, 40 de la Convención de Derechos del Niño, y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 2102-2018, con declaración que se reduce el tiempo de internación en régimen cerrado a treinta (30) días. Se previene que el Ministro Suplente Sr. Marinello, fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, por sus propios fundamentos. Comuníquese. Rol Corte 644-2019.Penal.-

Texto Completo (Preview)

Rancagua, trece de agosto de dos mil diecinueve. Siendo las 10:30 horas ante la Segunda Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones integrada por el Ministro Sr. Jorge Fernández Stevenson, Ministro Suplente Sr. José Marinello Federici y abogado integrante Sr. José Irazábal Herrera, se lleva a efecto la audiencia pública del recurso de apelación deducido por la defensa, en contra de la resolución de

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