SIN INFORMACION

SEPÚLVEDA/PREFECTURA VALPARAISO DE CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

13 de agosto de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A fojas 20, comparece don Paulo Pérez Villablanca, abogado, en representación de don Patricio Ignacio Sepúlveda Retamales, Cabo Segundo de Carabineros de dotación de la Subcomisaría Las Cañas, quien interpone recurso de protección en contra de la Prefectura de Carabineros de Chile, representada por el Prefecto, Coronel de Carabineros, don Oscar Alarcón Queirolo, en razón del acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°433, de fecha 15 de mayo de 2019, que dispone la medida disciplinaria de baja de la institución por conducta mala, con efectos inmediatos, notificada con la misma fecha. Señala que la resolución recurrida da cuenta que el 15 de mayo del año en curso, a las 03:00 horas aproximadamente, en circunstancias que el recurrente se encontraba de franco y en estado de ebriedad, autorizado con lista 3, se desplazaba por la vía pública, siendo sindicado por la víctima y testigo como autor del delito de daños simples, por lo que se le detiene. Agrega que el Perfecto Sr. Alarcón estimó que los hechos revestían de tal gravedad que hacían inconveniente su permanencia en la Institución, por participar en el delito de daños simples, en evidente estado de ebriedad y haciendo notoria su calidad funcionaria de Carabineros, enlodando el buen nombre y prestigio de la Institución. Manifiesta que el recurrente fue desvinculado de forma inmediata de la institución, sin derecho a percibir remuneraciones y demás beneficios atingentes a su cargo. Por su parte, niega la efectividad de los hechos que se le imputan, siendo falso que se encontrara en estado de ebriedad o que hubiese tenido intención de causar daños al vehículo de la víctima, sino que caminaba de forma distraída, pasando a llevar por accidente el espejo del vehículo. No obstante lo anterior, el recurrente decidió pagar el espejo del automóvil, desistiéndose la victima de ejercer acciones judiciales en su contra, tal como consta en declaración jurada que se acompaña. Refiere

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones citadas, lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido a fojas 20 en representación de don Patricio Ignacio Sepúlveda Retamales en contra de la Prefectura de Carabineros de Chile, representada por el Prefecto, Coronel de Carabineros, don Oscar Alarcón Queirolo. Regístrese, notifíquese y, ejecutoriada, archívese. N°Protección-8309-2019.

Texto Completo (Preview)

73 Setenta y tres J.e.v.p. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, trece de agosto de dos mil diecinueve. Vistos: A fojas 20, comparece don Paulo Pérez Villablanca, abogado, en representación de don Patricio Ignacio Sepúlveda Retamales, Cabo Segundo de Carabineros de dotación de la Subcomisaría Las Cañas, quien interpone recurso de protección en contra de la Prefectura de Carabineros de Chile, representa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica