PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/VÉLIZ BARAHONA KARINA ELENA
Rol
Fecha
5 de agosto de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución de fecha veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Devuélvase. Rol Nº 821-2019.- Civil. Pronunciado por la Tercera Sala Extraordinaria de esta Corte de Apelaciones, integrada por la Ministro Titular señora Marta Maldonado Navarro, el Fiscal Judicial señor Jorge Colvin Trucco y el abogado integrante señor Raúl Pelén Baldi. En La Serena, a cinco de agosto de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
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La Serena, cinco de agosto de dos mil diecinueve. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución de fecha veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Devuélvase. Rol Nº 821-2019.- Civil. Pronunciado por la Tercera Sala Extraordinaria de esta Cor
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