20º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ISE CHILE CIA-OSORIO ITURRIAGA

Rol

Fecha

6 de agosto de 2019

Materia

RECONOCIMIENTO FIRMA,CITACIÓN Y CONFESIÓN DE DEUDA

Resultado

DESIERTO

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Fallo

se declara desierto el recurso de apelación interpuesto a fojas 328 y concedido a fojas 334, en contra de la resolución de fecha nueve de abril del año en curso, escrita a fojas 325 de estos autos. Proveyendo a fojas 341 y 343, estese a lo resuelto. Acordado contra el voto de la Ministra Suplente señora Poza quien estuvo por no declarar la deserción del recurso de apelación pues, en su concepto, atendida la fecha en que se dictó la resolución apelada, se encontraba vigente la Ley de Tramitación Electrónica, que eliminó la carga procesal de hacerse parte ante el tribunal superior a seguir el recurso interpuesto, por lo que no resultaba procedente aplicar la sanción prevista en el antiguo texto del artículo 200 del Código de Procedimiento Civil. No obstando a lo anterior, lo estatuído en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 20.886, desde el momento que su sentido y alcance es limitado, refiriéndose únicamente al respaldo material constituido por el expediente físico que ahora pasó a ser electrónico, esto es, que las causas anteriores a la vigencia de la ley, que ya contaban con un expediente material, podrían seguir tramitándose de aquel modo. Lo anterior tal como lo ha sostenido la Excma. Corte Suprema en los autos Rol N° 34.593-2017.      Devuélvase. N° Civil 9.420-2.019./gvs/

Texto Completo (Preview)

Fojas-396- Santiago, seis de agosto de dos mil diecinueve. Por cumplido lo ordenado a fojas 394. Con el mérito del certificado precedente, y por haber transcurrido el término legal sin que la parte apelante haya comparecido en esta instancia, se declara desierto el recurso de apelación interpuesto a fojas 328 y concedido a fojas 334, en contra de la resolución de fecha nueve de abril del año en

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