SIN INFORMACION

MARQUEZ COFRE JONATHAN PIERRE / DECIMO CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

2 de agosto de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que comparece doña Fernanda Figueroa Díaz, Abogada por la Defensoría Penal Pública, en representación de Jonathan Pierre Márquez Cofré, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de fecha 26 de julio del año en curso, dictada en causa RIT 8167-2017 por la juez titular doña Verónica Toledo López, en audiencia de Ley 18.216, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva, estimando que dicha decisión resulta ilegal y arbitraria. Expone que con fecha 8 de marzo de 2018, don Jonathan Pierre Márquez Cofré fue condenado en causa RUC 1700043352-7, RIT 8167-2017 del 14° Juzgado de Garantía, por el delito de tráfico de drogas y estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación al artículo 1 de la Ley 20.000, perpetrado el día 15 de septiembre de 2017, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y a pagar una multa de una Unidad Tributaria Mensual y que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 15 bis de la Ley 18.216, se sustituye a mi representado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye. En la causa se realizan diversas audiencias con el objeto de aprobar el plan de intervención individual al cual debía someterse Jonathan Pierre Márquez Cofré, el cual no había sido confeccionado por el CRS Santiago Oriente en virtud de su incomparecencia a dicho CRS. Así, con fecha 14 de junio de 2019, en audiencia de Ley 18.216, se ordena por el Tribunal a Jonathan Pierre Márquez Cofré, la presentación en CRS dentro de siete días, junto con otorgar una nueva fecha para la realización de audiencia de aprobación de plan de intervención para el día 26 de julio del presente

Fallo

fallo quede firme y ejecutoriado, y que por otro, se decrete a su vez la medida cautelar de prisión preventiva en el intertanto de que ésta produzca dicho efecto, todo esto, habida consideración de que las partes no renunciaron a los plazos legales. Solicita como medida necesaria dejar sin efecto la resolución que ordena la prisión preventiva del amparado, disponiendo la libertad inmediata del mismo, mientras no se encuentre firme y ejecutoriada la resolución que revoca la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva. Segundo: que evacuando informe, el Juez Suplente don Gabriel Ferrer Correa, señala que en la audiencia de fecha 26 de julio de 2019, se revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva el Ministerio Público solicitó la prisión preventiva del sentenciado por peligro de fuga. La defensa se opuso a la cautelar solicitada fundada en que no procede la prisión preventiva en el estadio procesal en que se encuentra el procedimiento, además de lo cual, atendido que el sentenciado se presentó a la audiencia, no existen elementos que permitan apreciar que no cumplirá con los actos del procedimiento. En la referida audiencia el tribunal decretó la cautelar de prisión preventiva respecto del sentenciado Márquez Cofré en virtud de lo dispuesto en el artículo 122 en relación al artículo 140 del Código Procesal Penal, expresando que hay necesidad de cautela pues se acaba de revocar la libertad vigilada intensiva, y en caso de ser confirmada por la I. Corte de Apel

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de agosto de dos mil diecinueve. Al folio 290710: téngase presente. Vistos: Primero: Que comparece doña Fernanda Figueroa Díaz, Abogada por la Defensoría Penal Pública, en representación de Jonathan Pierre Márquez Cofré, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de fecha 26 de julio del año en curso, dictada en causa RIT 8167-2017 por l

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