ACEROS CHILE S.A. / SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD
Rol
Fecha
1 de agosto de 2019
Materia
SANITARIO CÓDIGO RECLAMACIÓN MULTAS ART.171
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de la causa, incluyendo los documentos allegados a la presente instancia, teniendo presente que no existen antecedentes de hecho y derecho que permitan acreditar los supuestos que hacen procedente la reclamación del artículo 171 del Código Sanitario, se confirma la sentencia apelada de dieciocho de junio de dos mil dieciocho, escrita a fojas 183 y siguientes. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10092-2018. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Antonio Poblete Méndez e integrada por el Ministro (S) señor Rafael Andrade Díaz y por la Abogada Integrante señora María Cecilia Ramírez Guzmán. Santiago, uno de agosto de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Fojas: 287 Doscientos Ochenta y Siete C.A. de Santiago Santiago, uno de agosto de dos mil diecinueve. A fojas 285 y 286: a todo, téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de la causa, incluyendo los documentos allegados a la presente instancia, teniendo presente que no existen antecedentes de hecho y derecho que permitan acreditar los supuestos que hacen procedente la reclamación del artículo
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