MARIA ALICIA DEL CARMEN BAHAMONDES BARAHONA EN FAVOR DE JUAN CARLOS DONOSO BAHAMONDES CONTRA GENDARMERIA DE CHILE/C.D.P. DE PUENTE ALTO.
Rol
Fecha
1 de agosto de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 4 comparece doña María Alicia Del Carmen Bahamondes Barahona, a nombre y favor de Juan Carlos Donoso Bahamondes, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva (CDP) de Puente Alto, en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado fue agredido por parte de gendarmería, pese a ser un interno de excelente conducta, quien al semestre pasado mantenía 5 anotaciones positivas o "MB", y ha centrado todos sus esfuerzos en su proceso de reinserción social, con el objeto de poder postular a eventuales beneficios intrapenitenciarios. Explica que se vio forzado a realizarse examen rectal por parte de la autoridad penitenciaria, en el falso entendido de que se habría introducido drogas de diversas especias en dicha cavidad. Refiere que el resultado del examen fue negativo, cuestión que no solo vulneró su dignidad e integridad física y psíquica, sino que lo hace temer por eventuales represalias que puedan afectar su buena conducta al interior del penal. Agrega que a raíz del mismo incidente se ha amenazado al amparado con eventuales traslados a la cárcel de Puerto Montt, situación desproporcionada y arbitraria, sobre todo en el entendido de que su familia directa, compuesta de su padre y madre (ambos de tercera edad), residen en la comuna de Puente Alto. Añade que el padre padece de un cáncer avanzado (fase 4) y la recurrente tiene un grado de discapacidad física valorado en un 35%, conforme consta en el certificado de discapacidad que acompaña. Solicita, en definitiva, se ordene a la autoridad penitenciaria cesar con las situaciones de acoso físico y psíquico, ordenando que no se vea expuesto a situaciones o tratos denigrantes, en razón de falsas suposiciones; ni que se vea expuesto a maltratos o amenazas psicológicas, consistentes en supuestos traslados a otra cárcel y se adopte de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida pr
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Juan Carlos Donoso Bahamondes. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-354-2019.
Texto Completo (Preview)
En Santiago, primero de agosto de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 4 comparece doña María Alicia Del Carmen Bahamondes Barahona, a nombre y favor de Juan Carlos Donoso Bahamondes, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva (CDP) de Puente Alto, en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado fue agredido por parte de gendarme
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