VERA/ACEVEDO
Rol
Fecha
24 de julio de 2019
Materia
ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que el acreedor al momento de fijar un bien para la traba del embargo, ejercitó el derecho que le confiere la ley, el que no puede verse afectado por las consideraciones que hace el juez a quo, relativas a los eventuales derechos que puede hacer valer el ejecutado en su momento, se revoca la resolución apelada de trece de junio de dos mil diecinueve, escrita a fojas 33 del expediente digital y, en su lugar, se declara que deberá tenerse presente la designación hecha. Devuélvase. N°Civil-8708-2019. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Carlos Gajardo Galdames, conformada por el Ministro señor Alejandro Madrid Crohare y el Abogado Integrante señor Cristian Lepin Molina.
Fallo
se declara que deberá tenerse presente la designación hecha. Devuélvase. N°Civil-8708-2019. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Carlos Gajardo Galdames, conformada por el Ministro señor Alejandro Madrid Crohare y el Abogado Integrante señor Cristian Lepin Molina.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de julio de dos mil diecinueve. Vistos: Teniendo presente que el acreedor al momento de fijar un bien para la traba del embargo, ejercitó el derecho que le confiere la ley, el que no puede verse afectado por las consideraciones que hace el juez a quo, relativas a los eventuales derechos que puede hacer valer el ejecutado en su momento, se revoca la resoluci
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica