TORRES/VENEGAS
Rol
Fecha
23 de julio de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Comparece Víctor Torres herrera, Presidente del Comité de Administración de la Comunidad Edificio Mirador Esmeralda, ubicado en calle Mapocho N° 4242 de la comuna de Quinta Normal, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Ana Ortega Alvarez, Carolina Flores Rosales, Jorge Chávez Sáez y Diego Venegas Guajardo, domiciliados en los departamentos N°s. 1905, 307, 1906 y 2004, respectivamente, todos de la misma dirección, y también en contra de “Chileruca Limitada”, representada por Carolina Flores Rosales. Explica que las recurridas solicitaron en el mes de marzo de 2018 autorización para alquilar sus departamentos como alojamiento turístico, y antecedentes para poder tramitar la respectiva patente comercial municipal e inscribirse en Sernatur como alojamiento, la cual fue rechazada debido al destino habitacional del edificio. Sin embargo, desde esa época se reciben quejas de residentes por el tránsito constante de terceros no residentes, de requerimientos a diferentes horas por arriendos, así como la introducción de llaves en cerraduras equivocadas,
Fundamentos
motivos por los cuales se les comunicó que cesaran de ejercer esta actividad comercial ilegal, dado, además, el mal uso de los espacios comunes e inseguridad. En atención a lo anterior se dispuso la aplicación de multas conforme lo autoriza la ley y el reglamento de copropiedad, pero las molestias han continuado. En cuanto a las garantías constitucionales afectadas, estima que son las amparadas en los numerales 4° y 24°, ambos del artículo 19 de la Constitución Política de la República, sobre respeto y protección a la vida privada y a la honra de las personas y su familia, como el derecho de propiedad, según afirma. En su petitorio solicita que se acoja la presente acción cautelar, ordenando el cese inmediato de las perturbaciones y/o amenazas a sus derechos y a que no sigan alquilando los departamentos que detentan las recurridas. Informando, comparece en primer lugar Carolina Flores Rosales y “Chileruca Limitada”, cuestionando, en síntesis, la legitimación activa de la recurrente, quien no tendría la calidad de Administrador ni de Presidente del Comité que dice representar; luego, que el interpuesto sería extemporáneo. Finalmente, que ninguna garantía ha sido vulnerada y que la acción intentada sería jactanciosa. En atención a que los recurridos Ortega Alvarez, Venegas Guajardo y Chávez Sáez no evacuaron el informe que les fue requerido, se prescindió del mismo, haciendo efectivo el apercibimiento de imponerles una multa de una unidad tributaria mensual a beneficio fiscal. Se pidió como trámite previo requerir informe tanto al Municipio de Quinta Normal como al Juzgado de Policía Local de la misma comuna al tenor del recurso, señalando el primero que efectivamente existe una actividad comercial de Apart Hotel a nombre de Ruca Limitada con arriendo de 4 departamentos de la dirección del recurrente, que son los N° s. 307, 702, 1410 y 1905, amoblados, por hora y días, pero que no cuentan con patente municipal. Incluso constató la existencia de publicidad y ofertas de arriendo permanentes, lo que contraviene el reglamento de ese inmueble, alterando el hall de control de acceso a residentes. En tanto que el tribunal citado, refirió la existencia de diversas causas con motivo de lo señalado en la acción cautelar de autos. Se trajeron los autos en relación. Considerando: Primero: Que, del examen de la acción de protección deducida, según se adelantó, aparece que la parte recurrente ataca un conjunto de molestias generadas por el tránsito constante de terceros no residentes, de requerimientos efectuados a diferentes horas a los propietarios por arriendos, así como la introducción de llaves en cerraduras equivocadas, además, del mal uso de los espacios comunes e inseguridad, ello como consecuencia del ejercicio de una actividad comercial que califica de ilegal en el arriendo de departamentos del Edificio Mirador Esmeralda de calle Mapocho N° 4242 de la comuna de Quinta Normal, ejercido por sus propietarios Ana Ortega Alvarez, Carolina Flores Ros
Fallo
se declara: Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido Víctor Torres herrera, Presidente del Comité de Administración de la Comunidad Edificio Mirador Esmeralda, en contra de Ana Ortega Alvarez, Carolina Flores Rosales, Jorge Chávez Sáez y Diego Venegas Guajardo y también “Chileruca Limitada”, sin perjuicio de otros derechos. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del Ministro Sr. Alejandro Rivera Muñoz. Protección Nº 16.428-2019. Pronunciado por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro Sr. Alejandro Rivera Muñoz, e integrada por la Fiscal Judicial Sra. Javiera González Sepúlveda y por el Abogado Integrante Sr. Rodrigo Rieloff Fuentes. No firma el Abogado Integrante señor Rieloff por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de julio de dos mil diecinueve. Vistos: Comparece Víctor Torres herrera, Presidente del Comité de Administración de la Comunidad Edificio Mirador Esmeralda, ubicado en calle Mapocho N° 4242 de la comuna de Quinta Normal, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Ana Ortega Alvarez, Carolina Flores Rosales, Jorge Chávez Sáez y Diego Venegas Guajardo, domic
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