JUZGADO DE GARANTIA DE SAN ANTONIO

M.P. C/ CAMILO IGNACIO ESTAY DIAZ

Rol

Fecha

23 de julio de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, se desprende que en este caso se cumplen los requisitos del artículo 140 Código Procesal Penal y, en cuanto al del artículo 464 del mismo Estatuto, cabe señalar que los antecedentes del proceso permiten preliminarmente estimar que existe un peligro para la seguridad de la víctima y la necesidad de la internación para que se cumplan los fines del procedimiento. En cuanto a la proporcionalidad reclamada ante estrados por la defensa, esta se da en la especie porque la cautelar, aparte de las consideraciones que contiene la ley de violencia intrafamiliar, se vincula no con la pena posible del delito de amenazas, sino con la medida de seguridad posible en caso de determinarse en definitiva la enajenación mental. Atendido lo dispuesto art. 9 de la ley 20.066 y art. 358 y 464 del código procesal penal, se revoca la resolución apelada de fecha once de julio de dos mil diecinueve, del Juzgado de Garantía de San Antonio, y en su lugar se dispone que se ordena la internación provisional del imputado hasta que se cuente con el informe psiquiátrico ordenado en la causa. Comuníquese por la vía más expedita RIT: 4531-2019, RUC: 1900741559-4 Rol IC Nº 1408-2019.

Texto Completo (Preview)

Ecv C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintitrés de julio de dos mil diecinueve, se da inicio a esta audiencia a las 10:04 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, siendo presidida por el Ministro Sr. Raúl Mera Muñoz e integrada por la Ministro Suplente Sra. Valeria Echeverría Vega y la Abogado Integrante Sra. Sonia Maldonado Calderón, actuando como minist

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