TORREALBA/BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES
Rol
Fecha
22 de julio de 2019
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Teniendo únicamente presente que el artículo 8 del Código de Procedimiento Civil, estatuye una obligación irrenunciable, de orden público, en cuanto “se entenderán autorizados para litigar a nombre de ellas con las facultades que expresa el inciso 1°” del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil, los gerentes, administradores o presidentes, “no obstante cualquiera limitación establecida en los estatutos o actos constitutivos” de las sociedades civiles, comerciales, corporaciones o fundaciones, SE REVOCA, con costas del recurso, la resolución de fecha veintiséis de abril del presente año, que acoge la excepción dilatoria del N° 6 del artículo 303 del Código de Procedimiento Civil, por deducida por Banco de Crédito e Inversiones, por improcedente y, en su lugar, se declara que se rechaza con costas del incidente, la misma, debiendo continuarse con la substanciación del procedimiento. Regístrese y comuníquese. Rol 648-2019 (CIV) 2
Fallo
se declara que se rechaza con costas del incidente, la misma, debiendo continuarse con la substanciación del procedimiento. Regístrese y comuníquese. Rol 648-2019 (CIV) 2
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veintidós de julio de dos mil diecinueve. VISTOS: Teniendo únicamente presente que el artículo 8 del Código de Procedimiento Civil, estatuye una obligación irrenunciable, de orden público, en cuanto “se entenderán autorizados para litigar a nombre de ellas con las facultades que expresa el inciso 1°” del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil, los gerentes, administradores o
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