ROBERTO ANTONIO SEPULVEDA MUÑOZ EN REP. AGRICOLA E.I.R.L. CONTRA SAG REGION ÑUBLE Y QUIENES RESULTEN RESPONSABLES
Rol
Fecha
23 de julio de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: Teniendo presente que el recurso se encuentra dirigido en contra del SAG Región de Ñuble y el acto contra el cual se recurre, ocurrió en la comuna de San Carlos, Región de Ñuble; y de conformidad con lo dispuesto en el N° 1 del Auto acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que este Tribunal no es competente para conocer de esta acción, sino que lo es la Ilma. Corte de Apelaciones de Chillán, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. N°Protección-15833-2019.
Fallo
se declara que este Tribunal no es competente para conocer de esta acción, sino que lo es la Ilma. Corte de Apelaciones de Chillán, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. N°Protección-15833-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción v.p.s. Concepción, veintitrés de julio de dos mil diecinueve. Visto: Teniendo presente que el recurso se encuentra dirigido en contra del SAG Región de Ñuble y el acto contra el cual se recurre, ocurrió en la comuna de San Carlos, Región de Ñuble; y de conformidad con lo dispuesto en el N° 1 del Auto acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso
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