HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE SAN FERNANDO CON PEÑA MORALES LUZMILA DEL CARMEN
Rol
Fecha
19 de julio de 2019
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA- REVOCA
Hechos
Vistos: 1° En cuanto a la apelación del auto de prueba: Atendido al mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha siete de diciembre de dos mil diecisiete, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Fernando, recaída en los autos Rol C-1654-2017. 2° En cuanto a la apelación de la sentencia definitiva: Atendido que de los antecedentes consta que la parte demandada tuvo motivo plausible para litigar, y conforme a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia en alzada de fecha trece de agosto de dos mil dieciocho, dictada por el tribunal y en los autos antes señalados, sólo en cuanto condenó en costas a la parte demandada y en su lugar se decide que se exime a dicha parte del pago de las mismas. Se confirma en lo demás la sentencia impugnada. Regístrese y devuélvase. Rol I. Corte 1225-2018.Civil.-
Fallo
se decide que se exime a dicha parte del pago de las mismas. Se confirma en lo demás la sentencia impugnada. Regístrese y devuélvase. Rol I. Corte 1225-2018.Civil.-
Texto Completo (Preview)
Rancagua, diecinueve de julio de dos mil diecinueve. Vistos: 1° En cuanto a la apelación del auto de prueba: Atendido al mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha siete de diciembre de dos mil diecisiete, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Fernando, recaída en los au
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