SIN INFORMACION

/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

19 de julio de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

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Hechos

Visto y tendiendo presente: Primero: Que don Francisco Javier Vargas Villalobos, Abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciario, deduce acción de amparo en favor de Jaime Arturo González Navarro, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Curicó. La acción la entabla contra de la Comisión de Libertad Condicional, integrada por la Ministro doña Olga Morales Medina y los Magistrados don Humberto Paiva Passero, don Ricardo Riquelme Carpenter, don Américo Castro Figueroa y don Marcial Taborga Collao, por la decisión adoptada por ellos con fecha 3 de julio de 2019, por medio de la cual rechazó conceder Libertad Condicional al amparado. Refiere que el amparado cumple condena privativa de libertad de 541 días de presidio menor en su grado medio y una condena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, por el delito de abuso sexual impropio. Sostiene que el amparado inició el cumplimiento de la condena con fecha 1 de marzo de 2016, debiendo terminar el 24 de agosto de 2021. Debido al tiempo que lleva cumpliendo, las actividades que mi representado ha realizado al interior del CPP de Curicó y los bimestres de Muy Buena Conducta que lleva, por aplicación del artículo 5º de la ley 19.856.- debió ser postulado a Libertad condicional el primer semestre del presente año, al ser negada dicha posibilidad, presentó recurso de protección (Rol 982-2019) el que, siendo acogido por Vuestra Ilustrísima Corte, deriva en un pronunciamiento desfavorable por la Comisión de Libertad Condicional. Expone que no obstante reunir los requisitos previstos en la ley, la citada Comisión denegó conceder la libertad condicional al amparado el día 3 de julio pasado, por no cumplirse con los requisitos conforme lo dispuesto en el artículo 2 número 3 de la ley 21.124, conforme lo informado por Gendarmería de Chile. Expresa que el amparado cumplía con el primer requisito para obtener la libertad Condicional, debido a que cumplió el tiempo mínimo para

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo se declara: que SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por el abogado don Francisco Javier Vargas Villalobos en favor de Jaime Arturo González Navarro. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol N° 154-2019/Amparo

Texto Completo (Preview)

Talca, diecinueve de julio de dos mil diecinueve. Visto y tendiendo presente: Primero: Que don Francisco Javier Vargas Villalobos, Abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciario, deduce acción de amparo en favor de Jaime Arturo González Navarro, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Curicó. La acción la entabla contra de la Comisión de Libertad

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