SIN INFORMACION

DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA/CONSEJO NACIONAL DE TELEVISION

Rol

Fecha

18 de julio de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Compareció doña María Consuelo Sierra San Martín, abogado, en representación convencional de DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA, en adelante indistintamente DIRECTV, ambos domiciliados en Avenida Vitacura N° 4380, piso 15, comuna de Vitacura, Santiago, deduce recurso de apelación ante esta Ilustrísima Corte de Apelaciones en contra de la Resolución del Consejo Nacional de Televisión (en adelante “CNTV”), representado por don Óscar Reyes Peña, ambos domiciliados en calle Mar del Plata N° 2147, comuna Santiago, notificada mediante Ordinario N°337 de 04/03/2019. Expone que el CNTV, mediante Oficio Ordinario N°337 de 04/03/2019, impuso a DIRECTV una multa de 300 UTM, fundado en la exhibición de la película “The devil inside”, calificada para mayores de 18 años de edad, la que fue emitida el día 19 de junio de 2018 desde las 19.21 horas a través de la señal Studio Universal, perteneciente al programador de contenidos TURNER, fundado en el incumplimiento del artículo 5º de las Normas Generales sobre Contenidos de las Emisiones de Televisión, que dispone que las películas calificadas para mayores de 18 años por el Consejo de Calificación Cinematográfica, no pueden ser exhibidas en el horario que media entre las 06:00 y las 22:00 horas. Argumenta la recurrente que le resulta imposible suspender o alterar partes específicas de los contenidos difundidos a través de sus señales, ya que estos contenidos son enviados directamente por el programador, cuya señal es inalterable por parte de la recurrente. Indica que el hecho que eventualmente se insertase publicidad, por haberse comprado un espacio publicitario, en nada modifica esta circunstancia, siendo la diferencia fundamental que existe entre el concesionario de televisión de libre recepción y el permisionario de servicios limitados de televisión. Expone que las señales difundidas comprenden miles de horas de emisiones de diversa factura y naturaleza, por lo que el permisionario se encuentra imposibilitado en

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C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de julio de dos mil diecinueve. VISTOS: PRIMERO: Compareció doña María Consuelo Sierra San Martín, abogado, en representación convencional de DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA, en adelante indistintamente DIRECTV, ambos domiciliados en Avenida Vitacura N° 4380, piso 15, comuna de Vitacura, Santiago, deduce recurso de apelación ante esta Ilustrísima Corte de Ape

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